Publicada en el BOA del 29 de junio 2016 la ORDEN DRS/624/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de inversiones para la modernización integral del regadío y de inversiones para la mejora y adaptación de regadíos, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.
Según se indica en el Artículo 4, las actividades subvencionables se dividen en dos:
-
Inversiones para la modernización integral de regadíos
-
Inversiones para la mejora y adaptación de regadíos
La convocatoria de subvención de estas inversiones podrá convocarse de manera conjunta o independiente, dadas las diferencias existentes entre ellas, así como en función de las disponibilidades presupuestarias.
1. Inversiones para la modernización integral de regadíos
Se incluyen aquellas actuaciones para modernizar una zona o sector de regadío tradicional con sistema de riego a pie, sustituyéndolo por un sistema de riego presurizado por aspersión o goteo, así como las inversiones que den lugar a la transformación en regadío de una zona siempre que esté combinada con una modernización.
La operación financiará las infraestructuras necesarias para la ejecución de las actuaciones descritas, desde obras y elementos de captación, las de regulación y transporte, como las de distribución hasta parcela o grupos de parcelas y las de suministro de energía. También se incluyen en la actividad subvencionable, aquellas inversiones materiales e inmateriales para la informatización y automatización de las instalaciones, las obras inherentes a la red de caminos, las obras e instalaciones para el suministro eléctrico incluyendo las inversiones para la generación de energía a partir de fuentes renovables exceptuando la biomasa.
Excepcionalmente, las tuberías de presión que aunque por su naturaleza deberían ser subvencionables a través de la operación de mejora y adaptación de regadíos, podrán ser subvencionables dentro de esta operación.
El porcentaje máximo de la subvención será del 50 %. Además se establece un módulo para el máximo gasto subvencionable de 6.500 €/ha, salvo en las zonas de regadío tradicional de ribera o terrazas fluviales que el módulo se eleva a 9.000 €/ha.
En las inversiones consistentes en tuberías a presión, tendrán un porcentaje de subvención máximo de 40 %, aplicándose los módulos máximos que se determinen en la Orden de convocatoria.
2.Inversiones para la mejora y adaptación de regadíos
Se incluyen aquellas actuaciones para mejorar y adaptar las infraestructuras de riego de una zona, tanto en regadíos tradicionales con sistema de riego a pie, como en regadíos ya modernizados con sistema de riego a presión.
En este caso, a través de esta operación se financiará la mejora y adaptación de las infraestructuras de riego existentes, facilitando la incorporación de nuevos elementos y nuevas tecnologías para la mejora de la eficiencia en el uso de los insumos agrícolas de regadío (agua, energía y fertilizantes), concretándose en las siguientes actuaciones:
-
Mejora de las infraestructuras hidráulicas tradicionales, que contribuyan a evitar o reducir pérdidas de agua y mejorar el transporte y distribución desde la captación hasta la parcela. Entre otras: azudes, entubados, revestimientos o impermeabilizaciones. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 30 %.
-
Mejora de las infraestructuras de captación, transporte y distribución en los sistemas de riego a presión. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 40 %
-
Construcción o mejora de las redes de drenaje. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 30 %
-
Construcción o mejora de balsas de riego con el fin de incrementar la capacidad de regulación y almacenamiento de agua. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 40 %
-
Dotación y automatización de los elementos de control, regulación y distribución de las redes de riego tradicionales y presurizadas. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 40 %
-
Mejora, adaptación o dotación de sistemas de bombeo que contribuyan a un uso más eficiente de la energía. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 40 %
-
Dotación o mejora de las instalaciones eléctricas vinculadas a la infraestructura de regadío. En caso de mejoras, deberán tener como objetivo el incremento de la eficiencia en el uso de la energía y la reducción el coste eléctrico de la infraestructura. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 40 %
-
Dotación de instalaciones de generación de energías renovables en la propia zona de riego con fines de autoconsumo para el
funcionamiento de la infraestructura, en sustitución de energía proveniente de fuentes convencionales. Todo ello siempre que se cumpla la normativa vigente en materia de eficiencia energética. Quedan excluidas las instalaciones para la generación de energía renovable a partir de biomasa. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 50 % -
Instalación o mejora de elementos de medición de la extracción y consumo de agua (caudalímetros, aforadores o similares), tanto en lo que se refiere al agua que abastece la infraestructura, como la que se sirve a los usuarios finales y a los retornos. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 40 %
-
Infraestructuras de reutilización de aguas regeneradas para su uso agrario permitiendo, al menos, una reducción equivalente del suministro tradicional para riego. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 40 %
-
Implantación o mejora de tecnologías de información y comunicaciones (TIC) para la mejora de la gestión del agua y de la energía en la infraestructura, así como para la mejora de la aplicación de fertilizantes y fitosanitarios cuando ello se realice de manera centralizada por el gestor de la infraestructura. Este elemento incluye la elaboración de Sistemas de Información Geográfica (SIG) de la superficie agraria de regadío, así como la adquisición de software específicos para la mejora de la gestión del riego, siempre que no exista software libre de características similares. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 40 %
-
Actuaciones para la reducción, mejora o compensación de los efectos ambientales del regadío y mejora de la calidad de aguas de retorno. El Porcentaje de la subvención no podrá superar el 40 %